El diputado independiente René Saffirio celebró la aprobación de la reforma constitucional que permitirá a los afiliados del sistema previsional un cuarto retiro anticipado y voluntario del 10 % de los fondos previsionales.
La iniciativa que necesitaba 93 votos a favor, contó con 94 favorables, 39 en contra y 9 abstenciones en su idea de legislar, por lo que pasará ahora a segundo trámite al Senado.
«Esta es una buena noticia para los chilenos y chilenas, cotizantes y pensionados, que han vivido momentos difíciles en esta pandemia, que han debido endeudarse y que necesitan los recursos para salir adelante con sus compromisos», expresó el legislador de La Araucanía.
Saffirio, quien hizo importantes aportes para la mejora del proyecto, agregó que tiene calificación de discusión inmediata. «Es decir seis días para su aprobación y tomó como base la redacción del tercer retiro. A ello, en la Comisión de Constitución le hicimos varias mejoras en beneficio de la gente», afirmó.
La norma autoriza a los afiliados del sistema de AFP a realizar voluntaria y excepcionalmente un nuevo retiro de hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual por cotizaciones obligatorias.
«El nuevo retiro fija un monto máximo de 150 UF y un monto mínimo de 35 UF. Si el monto acumulado es menor a 35 UF, se podrá retirar la totalidad de los fondos. La solicitud se puede realizar en los siguientes 730 días, es decir 2 años de publicada la ley», adelantó.
Además, permite a quienes cuenten con diagnósticos y tratamientos de alto costo y que acrediten su enfermedad mediante certificado médico de un especialista-, retirar el total de los montos acumulados.
Los fondos retirados se considerarán intangibles para todo efecto legal. Tampoco serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa.
El diputado Saffirio añadió que la iniciativa también se hace cargo de las pensiones de alimentos impagas por lo que, en el caso de tener el solicitante deudas originadas por obligaciones alimentarias, el juez de familia competente autorizará, de oficio, al alimentario o, a petición de este, de su representante legal, a subrogarse en los derechos del alimentante moroso para realizar la solicitud de retiro de fondos previsionales.
«En este caso, se podrá apelar hasta por la totalidad de la deuda, incluidos reajustes, multas e intereses», destacó.
Para el caso de los pensionados de rentas vitalicias, el proyecto incluye un segundo anticipo del 10% para los pensionados por rentas vitalicias o sus beneficiarios por un monto máximo de 150 UF. que podrá ser solicitado en un plazo máximo de 365 días de publicada la ley, cuyo pago se realizará en un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde de la recepción de la solicitud.
El monto del adelanto solicitado se pagará descontándose a prorrata de las rentas que resten por pagar al asegurado vitalicio. Para ello, se utilizará como base cálculo las condiciones vigentes al momento del traspaso de sus fondos previsionales a la compañía de seguros.
También, se plantea que los pensionados a través de rentas vitalicias podrán optar al pilar solidario en las mismas condiciones que los pensionados por retiro programado.