Parlamento aprobó ley “reelección retroactiva” que afecta a varios alcaldes de la región

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A continuación se reproduce un artículo publicado por el diario electrónico www.latercera.com, con el cual se puede entender de mejor manera las imlicacias de lo votado en el Congreso.

La iniciativa, que busca mejorar los niveles de confianza de la ciudadanía hacia las instituciones democráticas y las personas que se desempeñan en ellas, afectará a 38 diputados y 6 senadores que no podrán repostularse en las próximas elecciones (además de siete integrantes de la Cámara Alta que tendrán ese impedimento en los siguientes comicios). En tanto, 96 alcaldes en ejercicio no podrán competir en 2021.

•Este miércoles, la Cámara de Diputados aprobó el proyecto que limita la reelección de parlamentarios y otras autoridades. Una discusión que estuvo marcada por polémicas declaraciones y cuya tramitación se extendió por 14 años.

Revisa a continuación las principales claves del proyecto que ahora se transformará en ley:

1. ¿Cuál es el objetivo de norma?

La iniciativa tiene como objetivo mejorar los niveles de confianza de la ciudadanía hacia las instituciones democráticas y las personas que se desempeñan en ellas, al limitar los períodos en que es posible ejercer el cargo de senador, diputado, gobernador, consejero regional, alcalde y concejal.

2. ¿Qué significa que la ley regirá “in actum”?

Pese a que no se aprobó directamente la disposición que hacía aplicable la restricción de repostular a parlamentarios en ejercicio, una serie de constitucionalistas, como Fernando Atria, Jorge Correa Sutil, Francisco Zúñiga, Patricio Zapata y Gabriel Osorio, clarificaron que la ley regirá “in actum”. ¿Qué significa? Que se aplicará a partir de su promulgación, es decir, de manera retroactiva, afectando así a las autoridades mencionadas que están ejerciendo actualmente sus cargos de elección popular.

3. ¿Cómo afectará a los actuales parlamentarios?

La ley establece que en el caso de los diputados, cuyos cargos duran cuatro años, podrán ser reelegidos sucesivamente hasta por dos períodos. En tanto, los senadores podrán ser reelegidos consecutivamente en el cargo hasta por un período, que dura ocho años.

Por lo tanto, en las próximas elecciones parlamentarias de 2021, 38 diputados y seis senadores no podrán repostular a sus escaños.

En total se verán afectados 13 senadores, si se consideran las elecciones de 2021 y 2026. Esto, ya que en esos últimos comicios serán siete los integrantes de la Cámara Alta que tendrán este impedimento.

4. ¿Cómo se aplicará esta ley a los alcaldes?

En el caso de los alcaldes, se aprobó que puedan ser reelegidos sucesivamente en el cargo hasta por dos períodos. Lo mismo operará para los concejales.

Por tanto, la ley recién despachada por el Congreso, impedirá que 96 alcaldes -según confirmó la Asociación Chilena de Municipalidades- puedan repostularse en la elección de 2021.

En el caso de los consejeros regionales -cuyo período es de 4 años- podrán ser reelectos sucesivamente en el cargo hasta por dos períodos.

5. ¿Cómo se contabilizan los periodos?

Se considerará que parlamentarios, alcaldes, concejales, gobernadores regionales y consejeros regionales han ejercido su cargo durante un período cuando hayan cumplido más de la mitad de su mandato.

Esto último, para evitar que una autoridad deje su cargo por un tiempo para luego volver a competir en la elección siguiente.

6. ¿Puede volver a postularse un parlamentario?

El proyecto establece que la restricción de repostular se realizará sobre “periodos sucesivos”, lo que deja abierta la puerta para que una autoridad pueda volver a

competir.

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