
A 15 años fue condenado, lo que deberá permanecer privado de su libertad D.A.E.C. luego que el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó en cumplimiento efectivo de presidio en calidad de autor del delito consumado de incendio en lugar habitado en la comuna de Nueva Imperial.
El hecho ocurrió en junio del año pasado, cuando la víctima se encontraba en su domicilio ubicado en el sector Tragna Boroa de dicha comuna junto al acusado D.A.E.C. quien era su conviviente y con quien mantiene hijos en común, iniciaron una discusión.
Fue ahí cuando el sujeto le propinó golpes de puño y cabezazos en el rostro y los hombros, además de darle patadas en las piernas, resultando la víctima con lesiones cortantes en cara zona izquierda cercana a línea del cabello, ojo derecho con inflamación severa, gran hematoma que dificulta la visión, lesión hombro izquierdo, con moretón, lesiones en piernas izquierda y derecha con moretones, lesión cortante rodilla izquierda, lesiones de carácter menos graves.
Finalmente, le señaló ‘voy a prender fuego a la casa’, por lo cual el acusado salió del inmueble, cerrando la víctima la puerta con pestillo, retornado el acusado al lugar, abriendo la puerta a patadas portando en sus manos un bidón contenedor de combustible.
Fue así que la víctima huyó con sus dos hijos menores, de 3 años y 1 año de edad, a quienes dejó en casa de familiar cercano, retornando a su inmueble con la finalidad de sacar documentación del mismo, ingresando a la cocina, lugar en el cual se encontraba el acusado quien le señaló, ‘así que no me creí que voy a quemar la casa’, rociando con el combustible contenido del bidón sobre un mesón de cocina y sobre una estufa a leña que se encontraba encendida, generando llamas que alcanzaron el pelo de la víctima quien logró salir del inmueble en momentos en que el fuego se tornaba incontrolable, propagándose este a todo el inmueble.
Es así que los magistrados además condenaron a D.A.E.C. a 3 años de reclusión, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; más las accesorias especiales de prohibición de acercarse a la víctima, domicilio, lugar de trabajo o estudio y cualquier otro lugar al que concurra o visite habitualmente por el término de dos años, y la prohibición de tenencia de armas de fuego, como autor del delito consumado de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar (VIF).