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lunes, julio 15, 2024
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Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad

Este subsidio permite cubrir entre un 90% y un 95% del valor del arriendo, dependiendo del Registro Social de Hogares (RSH) de la persona que lo obtiene.

El Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad es un beneficio del Minvu destinado a atender y mejorar las condiciones de vida de los grupos mencionados, permitiendo cubrir entre un 90% y un 95% del valor del arriendo, dependiendo del Registro Social de Hogares (RSH) de la persona que lo obtiene. De esta forma, las personas beneficiarias pagarían entre el 5% y el 10% del arriendo mensual.

Por ejemplo, para un arriendo de $200 mil, el subsidio cubre entre $180 mil y $190 mil, por lo que el beneficiario deberá pagar entre $10 mil y $20 mil al mes. Además, se considera el aporte de un monto único adicional de 1 UF para financiar los gastos para la formalización del contrato (certificado y gastos notariales).

Se seleccionarán 4 mil personas beneficiarias a nivel nacional: 3.340 para personas mayores y 660 para personas con discapacidad.

La fecha de postulación al Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad es desde el 8 de julio hasta el 30 de agosto de 2024.

Existen dos alternativas para postular al Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad: online y presencial. En caso de postular de forma presencial, se debe dirigir a las oficinas regionales del Serviu y sus delegaciones provinciales.

Los requisitos para postular al Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad son; tener más de 60 años al momento de postular o cumplirlos durante este año calendario o presentar una discapacidad acreditada a través de la inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad; Acreditar un ingreso mínimo de 5 UF ($187.000 pesos aproximadamente). Equivale a la pensión asistencial vigente, que sirve como base para acreditar ingresos y cálculo del copago y Pertenecer hasta el 70% del RSH. 

Además, no requiere contar con un ahorro mínimo. Desde el año pasado, se otorga puntaje adicional para quienes sean o tengan en su núcleo familiar la calidad inscrita en el Registro Social de Hogares de “persona cuidadora”. No requiere estar actualmente arrendando una vivienda: pueden postular personas actualmente arrendatarias o que necesitan buscar una vivienda para arrendar. Se otorga puntaje adicional por edad y discapacidad y se puede postular sin núcleo familiar.

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