Reglas de desplazamiento para las elecciones concejales, alcaldes, convencionales constituyentes y gobernadores regionales de los días 15 y 16 de mayo de 2021

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  1. Las personas podrán acudir a los locales de votación, durante el horario de apertura de los mismos, el día 15 o el día 16 de mayo de 2021, portando solamente su carnet de identidad, sin importar el Paso en que se encuentre su comuna. En comunas en Pasos Cuarentena y Transición, para la realización de otros trámites, distintos a acudir a los locales de votación, deberá contarse con el Permiso de desplazamiento correspondiente, pues las restricciones imperantes en el territorio de la comuna no varían.
  • Aquellas personas que deban ejercer su derecho al voto en regiones distintas a su actual región de residencia, podrán trasladarse a las regiones donde se encuentre su local de votación desde el día 13 de mayo del 2021, exhibiendo de forma física o electrónica, el resultado de la Consulta de Datos Electorales, donde conste el local de votación respectivo y su habilitación para sufragar, el pasaporte sanitario y su carnet de identidad. La consulta de datos electorales puede realizarse en https://consulta.servel.cl/ y el pasaporte sanitario puede obtenerse en www.c19.cl. El retorno a los lugares habituales de residencia, podrá realizarse, portando los mismos documentos, dentro de las 48 horas posteriores al cierre de las mesas.
  • Las personas que deban ingresar, para acudir a locales votación, a provincias y regiones que tengan como requisito de ingreso portar un informe de resultados de análisis PCR SARS-CoV-2 con resultado negativo, podrán hacerlo portando dicho informe, él que no podrá tener una antigüedad mayor a 72 horas, el pasaporte sanitario, su carnet de identidad y exhibiendo de forma física o electrónica, el resultado de la Consulta de Datos Electorales, donde conste el local de votación respectivo y su habilitación para sufragar. La consulta de datos electorales puede realizarse en https://consulta.servel.cl/. El retorno a los lugares habituales de residencia, podrá realizarse, portando los mismos documentos, dentro de las 48 horas posteriores al cierre de las mesas.
  • Los vocales de mesa, podrán desplazarse libremente para llegar a los locales de votación en que deban ejercer su función, los días 14, 15 y 16 de mayo de 2021. Para desplazarse, deberán portar de forma física o electrónica, el resultado de la Consulta de Datos Electorales, donde conste el local de votación respectivo y su calidad de vocal. En caso de que su traslado sea entre regiones, deberán además portar el pasaporte sanitario, pudiendo trasladarse desde el día 13 de mayo del 2021. La consulta de datos electorales puede realizarse en https://consulta.servel.cl/ y el pasaporte sanitario puede obtenerse en www.c19.cl. El retorno a los lugares habituales de residencia, podrá realizarse, portando los mismos documentos, dentro de las 48 horas posteriores al cierre de las mesas.

e) Aquellas personas que sean designadas vocales de mesa, en el local de votación, por el Delegado de la Junta Electoral respectiva, podrán desplazarse libremente, los días de la votación, desde el local de votación a su domicilio y viceversa portando, además de su carnet de identidad, de forma física o electrónica el documento «Formulario Nómina de Vocales» con los datos y firmas correspondientes.

f) Los miembros de los colegios escrutadores, podrán desplazarse libremente para llegar al colegio en que deban ejercer su función, el día 17 de mayo de 2021 y, de ser necesario por no haberse terminado su labor, el día 18 de mayo de 2021. Para desplazarse, deberán portar de forma física o electrónica, el resultado de la Consulta de Datos electorales, donde conste su calidad de miembro del colegio escrutador. En caso de que su traslado sea entre regiones, deberán además portar el pasaporte sanitario y podrán hacerlo desde el 13 de mayo de 2021. La consulta de datos electorales puede realizarse en https://consulta.servel.cl/ y el pasaporte sanitario puede obtenerse en www.c19.cl. Para el caso de desplazamiento interregional, el retorno a los lugares habituales de residencia, podrá realizarse, portando los mismos documentos, dentro de las 48 horas posteriores al cierre del colegio respectivo.

Las personas a las que se hace referencia en las letras d, e y f de este numeral, podrán desplazarse en horario de toque de queda, en atención al horario de cierre de las mesas de votación o colegios escrutadores respectivos.

Importante: Las siguientes reglas, en ningún caso, alteran las restricciones de desplazamiento de las comunas, en dependencia del Paso en que se encuentren. En comunas en Pasos Cuarentena (Paso 1) y Transición (Paso 2), para la realización de otros trámites distintos a acudir a los locales de votación y colegios escrutadores, deberá contarse con el permiso de desplazamiento correspondiente, pues las restricciones imperantes en el territorio de la comuna no varían.

Asimismo, las siguientes reglas no autorizan el desplazamiento de aquellas personas que se encuentran cumpliendo medidas de aislamiento obligatorio, en virtud de lo dispuesto, en la Resolución Exenta N°43 de 2021 del Ministerio de Salud, y sus modificaciones posteriores.

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